30 de julio de 2019

¿Para qué sirve una objeción en un juicio simulado?

Formular objeciones claras y contundentes ante un juez es una de las habilidades más importantes necesarias para un abogado fuerte, ya sea que argumente ante el Tribunal Supremo o ante un juez de Juicio Simulado. En un juicio simulado, los testigos sólo pueden testificar sobre los documentos oficiales incluidos en el expediente del caso, y no pueden testificar sobre hechos materiales que no estén incluidos en el expediente. A continuación se ofrece una lista de sugerencias para ayudar a que las objeciones sean convincentes, sustantivas e imponentes en cualquier sala del tribunal.

Simulacro de juicio Objeciones sobre la forma de la pregunta.

  • Sugiere la respuesta. Las preguntas capciosas no están permitidas durante el interrogatorio directo.

  • Compuesto: varias preguntas en lugar de una.

  • Narrativa: demasiado general, pide al testigo que cuente una historia.

  • Argumentativo: desafiar, discutir, acosar al testigo.

  • Preguntado y respondido - la pregunta ya ha sido formulada.

  • Vaga y ambigua: la pregunta no es clara ni comprensible.

  • No responde: el testigo no contesta a la pregunta.

Por lo general, las objeciones de forma pueden subsanarse reformulando la pregunta. A la mayoría de los jueces no les gustan las objeciones de forma, ya que las consideran "técnicas". Limite el uso de estas objeciones y utilícelas tácticamente. Si se utilizan de forma flagrante o repetida, interrumpirán el desarrollo del examen.

Objeciones de fondo y de conocimiento personal.

  • Pertinencia - no guarda relación con la cuestión controvertida en el caso.

  • Fundamento - el abogado debe establecer la información necesaria antes de que el testigo pueda declarar. Ejemplo: el testigo estaba en posición de ver u oír lo que se le pregunta. Se llama "sentar las bases". Se pueden hacer objeciones a un testimonio inapropiado si los cimientos no están bien puestos.

  • Conocimiento personal: el testigo debe tener conocimiento personal de aquello sobre lo que declara. Pueden formularse objeciones si un testigo carece de conocimiento personal de los hechos sobre los que declara.

  • Pruebas de carácter: un testigo no puede declarar sobre el carácter de alguien a menos que esté en juego en el caso.

  • La honestidad y la credibilidad siempre están en juego con cualquier testigo. En los juicios penales, la defensa puede presentar pruebas del "buen carácter" del acusado y del "mal carácter" de un testigo importante de la acusación. Una vez que el acusado pone el carácter en cuestión, la acusación puede responder con pruebas de mal carácter.

  • Testimonio de opinión de testigos legos: por lo general, los testigos legos no pueden dar testimonio de opinión a menos que se base racionalmente en la percepción de los testigos, o sea útil para comprender el testimonio del testigo. Las opiniones de los testigos legos se limitan a las basadas en sus observaciones y percepciones.

  • Inferencias y afirmaciones subjetivas.

  • Excepciones: velocidad, estados mentales y emocionales, sobriedad, cordura, identidad de voz o escritura.

  • Testigo experto o testimonio de opinión: los expertos pueden emitir opiniones, a diferencia de los testigos legos, pero deben tener las cualificaciones requeridas y sus opiniones deben basarse en las pruebas en las que suelen basarse los expertos en ese campo.

  • En un caso penal, un perito no puede opinar sobre si el acusado tenía o no el estado mental requerido.

  • Testimonio de oídas: declaración extrajudicial admitida por la veracidad de lo afirmado.

  • Primera pregunta: ¿se ofrece la declaración por la verdad?

  • Si la declaración se ofrece para demostrar que se hizo o se escuchó, o para demostrar acciones posteriores del oyente, no se ofrece por la verdad, y no es un testimonio de oídas.

  • Numerosas excepciones a la regla de los testimonios de oídas; admisión contra el interés de la parte (normalmente cualquier declaración del acusado, declaración excitada, estado mental del declarante, declaración contra el interés (pone al declarante en riesgo de responsabilidad penal o civil), registros comerciales u oficiales, recuerdos pasados registrados (por ejemplo, declaración escrita de un testigo), reputación del carácter de la persona en la comunidad, declaración de moribundo, declaraciones de co-conspiradores.

  • Creación de un hecho material (específico del juicio simulado) - el testigo crea un hecho material no incluido en el acta oficial.

  • Definido por las reglas del juicio simulado: "un hecho que tiende a probar un punto crucial en el caso".

Formular la objeción

  • Levántese y diga, por ejemplo: "Protesto Señoría, esa pregunta carece de fundamento. ¿Puedo ser escuchado?" Si el tribunal lo permite, explique su cuestión. Pida siempre ser escuchado antes de explicar o rebatir. Diríjase siempre al juez, no al otro abogado.

  • Si ya lo ha dicho o se queda sin palabras, diga "Presentado, señoría".

  • "Estimada" significa que se acepta la objeción; "Denegada" significa que no se acepta.

  • No le des las gracias al juez por fallar a tu favor. Sigue adelante.

  • Si su objeción es aceptada (concedida), y el testigo ya ha respondido o ha respondido parcialmente, "Pida que se suprima la parte del testimonio improcedente que sea objetable."

  • Presente una objeción a tiempo en cuanto se formule una pregunta y antes de que el testigo empiece a hablar (si es posible).

  • Los jueces dictan sentencias diferentes. Algunos son estrictos con determinados tipos de pruebas; otros lo admiten todo. Presta atención a cómo responde el juez a las objeciones. Si ciertas objeciones no funcionan, no sigas haciéndolas. Por el contrario, si el juez las concede, siga objetando.

Objeciones múltiples en un simulacro de juicio y contrainterrogatorio

  • Puede haber más de una objeción. Si es así, haga las dos al mismo tiempo:

  • "Protesto Señoría, rumores y relevancia. ¿Puedo ser escuchado?"

  • "Protesto Su Señoría, esa pregunta carece de fundamento y es tendenciosa. ¿Puedo ser escuchado?"

  • También pueden hacerse objeciones durante el contrainterrogatorio, como objeciones a preguntas capciosas, rumores o la creación de un hecho material.

  • Recuerde: Las pruebas siempre deben ser pertinentes. Por lo tanto, aunque la pregunta eluda la norma de los testimonios de oídas (por ejemplo), la prueba sigue siendo pertinente (por ejemplo, la pregunta se refiere al estado mental de un testigo; por lo tanto, cumple la excepción de los testimonios de oídas sobre el "estado mental"). Sin embargo, en un juicio penal normalmente sólo es relevante el estado mental del acusado. Aunque la prueba cumpla la regla de los testimonios de oídas, sigue siendo irrelevante e inadmisible.

He aquí una lista de objeciones habituales en los simulacros de juicios:

  1. Objeción, habladurías: Esta objeción se plantea cuando un testigo declara sobre algo que oyó decir a otra persona, en lugar de sobre algo que vio o experimentó personalmente.

  2. Objeción de dirección: Esta objeción se plantea cuando un abogado hace a un testigo una pregunta que sugiere una respuesta específica, en lugar de permitir que el testigo declare libremente.

  3. Objeción, fundamento: Esta objeción se plantea cuando se pide a un testigo que declare sobre algo de lo que no tiene suficiente conocimiento o experiencia personal para hablar.

  4. Objeción, irrelevancia: Esta objeción se plantea cuando una pregunta o testimonio no es relevante para las cuestiones del caso.

  5. Objeción, especulación: Esta objeción se plantea cuando se pide a un testigo que especule sobre algo, en lugar de declarar sobre lo que sabe con certeza.

  6. Objeción, argumento inapropiado: Esta objeción se plantea cuando un abogado argumenta en lugar de formular una pregunta, o cuando un testigo da una opinión en lugar de exponer hechos.

  7. Objeción, pregunta compuesta: Esta objeción se plantea cuando un abogado formula a un testigo varias preguntas en una sola frase.

  8. Objeción, declaración compuesta: Esta objeción se plantea cuando un testigo hace varias declaraciones en una sola respuesta.

  9. Objeción, mejor prueba: Esta objeción se plantea cuando se pide a un testigo que declare sobre el contenido de un documento, en lugar de presentar el propio documento como prueba.

  10. Objeción, fundamento del testimonio pericial: Esta objeción se plantea cuando un testigo cualificado como experto no ha sido debidamente cualificado para prestar testimonio en un área de especialización concreta.

  11. Objeción, el testigo declara: Esta objeción se plantea cuando un testigo declara sobre una declaración hecha por otra persona, lo que puede dar lugar a cuestiones de oídas.

  12. Objeción, opinión del testigo: Esta objeción se plantea cuando un testigo lego proporciona una opinión que no se basa en su conocimiento y experiencia personales.

Andy Gillin se licenció en la Universidad de California en Berkeley y se licenció en Derecho en la Universidad de Chicago. Es el socio gerente de GJEL Accident Attorneys y ha escrito y dado conferencias en el campo de la ley de lesiones personales de los demandantes para numerosas organizaciones. Desde 1972 ha estado ayudando a las víctimas gravemente heridas en todo el norte de California luchar y ganar sus casos de lesiones personales. Andy es uno de los abogados más premiados y reconocidos por homicidio culposo en el norte de California.

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Andy Gillin se licenció en la Universidad de California en Berkeley y se licenció en Derecho en la Universidad de Chicago. Es el socio gerente de GJEL Accident Attorneys y ha escrito y dado conferencias en el campo de la ley de lesiones personales de los demandantes para numerosas organizaciones. Desde 1972 ha estado ayudando a las víctimas gravemente heridas en todo el norte de California luchar y ganar sus casos de lesiones personales. Andy es uno de los abogados más premiados y reconocidos por homicidio culposo en el norte de California.