Puede que los ciclistas necesiten tener cuidado para evitar que les abran una puerta encima, pero al menos pueden estar tranquilos de que si llegan a chocar contra la puerta de un auto estacionado, legalmente no será su culpa. Así es, sin importar cómo suceda, que un ciclista choque contra una puerta que se abre es culpa de la persona que abre la puerta. Eso se debe a que en California tenemos una ley precisamente para esta situación particular:
“22517. Ninguna persona abrirá la puerta de un vehículo del lado disponible para el tránsito en movimiento a menos que sea razonablemente seguro hacerlo y pueda hacerse sin interferir con el movimiento de dicho tránsito…”
Aun así, generalmente es recomendable que los ciclistas presten atención a los autos estacionados e intenten dejar aproximadamente tres pies entre ellos y cualquier vehículo estacionado. Por supuesto, el ciclista también debe estar atento al “medio estacionamiento”, que es como lo llamo cuando un auto solo se orilla un poco, con el propósito de dejar salir a alguien por la puerta del pasajero. Esta situación no está específicamente contemplada en la ley mencionada anteriormente, pero dado que generalmente se ve mal orillarse parcialmente fuera del tráfico, detenerse (obstaculizando así al tráfico detrás de usted) y dejar salir a alguien hacia la vía, un ciclista que es golpeado por la puerta de un pasajero probablemente aún no tenga la culpa. Con buena razón.
Es importante que los ciclistas conozcan sus derechos en estas situaciones y que sepan que los conductores de estos vehículos tienen la culpa. Es aún más importante que tanto los conductores como los ciclistas presten atención a lo que sucede a su alrededor para evitar este tipo de accidentes en primer lugar.

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